Aunque la Agencia Tributaria no descansa, concede a los contribuyentes 30 días en cada año natural días de vacaciones fiscales en los que evitará enviar notificaciones electrónicas.
Ya que si transcurren diez días naturales desde que su empresa recibe una notificación electrónica de Hacienda y no accede a su buzón electrónico para abrirla, dicha notificación se entiende realizada. Por tanto, puede suceder que a lo largo de sus vacaciones su empresa reciba alguna notificación y se le pasen los plazos para recurrir.
Para evitar ese riesgo, solicite los días de cortesía a la Administración. Es un procedimiento muy sencillo que realizas online. Para ello:
- Entre en la Sede Electrónica de la página web de Hacienda y acceda a “Todos los trámites” –> “Otros servicios” –>“Notificaciones” –> “Solicitar días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada”.
- Una vez haya accedido al servicio, pulse la opción «Modificar» y seleccione los días en los que no quiere que Hacienda le cuelgue notificaciones electrónicas. Dichos días quedarán marcados en verde, y usted deberá pulsar en “Validar” y en “Firmar y enviar” para que su solicitud sea efectiva. Ya que si transcurren diez días naturales desde que su empresa recibe una notificación electrónica de Hacienda y no accede a su buzón electrónico para abrirla, dicha notificación se entiende realizada. Por tanto, puede suceder que a lo largo de sus vacaciones su empresa reciba alguna notificación y se le pasen los plazos para recurrir.
No se demore en efectuar este trámite, ya que deberás solicitarlo con una antelación mínima de 7 días naturales al primer día en que surtirán efecto. Los sábados y domingos también se cuentan como periodo de notificación por los que tendrás que tenerlos en cuenta a la hora de seleccionar el periodo.