Los administradores solidarios de una SL que no estaba obligada a auditar sus cuentas reeligieron auditor para el ejercicio 2023. En cambio, el Registro Mercantil rechazó inscribirlo: consideraba que es la junta de socios (y no los administradores sociales) la que legalmente debe nombrar al auditor de cuentas, tanto si se trata de una auditoría obligatoria como voluntaria.  Se ha dado la razón a la sociedad y se ha inscrito la reelección del auditor [DGSJFP 21-05-2024; BOE 03-07-2024] :

  • Según esta resolución, en las sociedades que no están obligadas a auditar sus cuentas no se aplican las limitaciones impuestas legalmente para sociedades que sí lo están.
  • Por ello, la designación de auditor voluntario puede hacerse en cualquier momento (antes o después del cierre del ejercicio). Asimismo, puede llevarse a cabo por el período que resulte del contrato (sin un plazo mínimo) y puede realizarse por la junta general o por el órgano de administración.

 

El nombramiento de auditor voluntario puede efectuarlo el administrador.

 

Fuente: Lefebvre