Actualmente tener ahorros en el banco da muy poca rentabilidad, y en cambio hacer frente a un préstamo hipotecario cada vez es mas difícil ya que los intereses cada vez son mayores. Es por eso que si algún familiar tiene una hipoteca con interés variable, quizás le resulte interesante formalizar un préstamo personal.

 

PRÉSTAMO PARA CANCELAR LA HIPOTECA

Un familiar de primer grado todavía adeuda 100.000 euros al banco y cada año ha de satisfacer un interés más alto, por las subidas del Euribor. Pues bien, si usted dispone de ahorros y no le dan intereses por ellos, plantéese prestarle dinero para que éste cancele total o parcialmente la hipoteca que tiene pendiente por la compra de su vivienda. A estos efectos, pueden pactar que el tipo de interés sea gratuito o que lleve un interés bajo. De esta forma, usted obtendrá algo de rentabilidad y su familiar tendrá menos gastos financieros, con lo que ambos saldrán beneficiados.

 A la hora de formalizar el préstamo, es importante que cumplas los siguientes formalismos:

  • Firmen un documento de préstamo (no es preciso hacerlo ante notario; puede ser privado), indicando el interés que será aplicable o la ausencia de intereses.
  • Presente dicho documento ante la oficina liquidadora del ITP de la comunidad autónoma y liquide el préstamo como exento. Los préstamos gozan de este beneficio fiscal.  Así dispondrá de una copia del contrato sellada por una administración, lo que le permitirá demostrar la fecha del documento y las condiciones pactadas.
  • Establezcan en el contrato un calendario de devoluciones (por ejemplo, una cuota constante a final de cada año) y cumplan dicho calendario siempre. En el caso de no cumplirlo, Hacienda podría considerar que la operación es una donación y exigir a su hijo el pago del Impuesto sobre Donaciones (ISD).

 

DEDUCCIÓN POR VIVIENDA HABITUAL

Se mantiene la deducción por vivienda habitual aunque es imprescindible que las dos operaciones sean de forma simultánea.

En caso de que que su familiar haya adquirido su vivienda antes del 1 de enero de 2013, se estará aplicando cada año una deducción en el IRPF por el 15% de las cantidades satisfechas por el préstamo hipotecario. Con el limite de que la base de deducción no pueda superar los 9.040 euros al año. Pues bien, si su familiar destina el préstamo que usted le haga a cancelar totalmente la hipoteca como si sólo amortiza una parte, éste podrá seguir beneficiando de esta ventaja fiscal en su IRPF.

Para ello, es preciso que la operación de cancelación anticipada (total o parcial) del préstamo hipotecario se produzca simultáneamente a la firma del contrato del nuevo préstamo personal. Si no existe esta simultaneidad, Hacienda podría entender que se trata de dos operaciones distintas e impedir que su hijo siga disfrutando de la deducción por el préstamo personal que usted le haga. Son dos operaciones distintas, en el caso de que su familiar dispone de otros fondos y amortiza con ellos la hipoteca antes de formalizar el préstamo personal con usted.

 

EJEMPLO

Su hijo tiene una hipoteca pendiente de 100.000 euros (actualmente, con un interés anual del 4%) y le faltan diez años para finalizarla. Pues bien, si usted le presta dicho importe para que la cancele, formalizando un nuevo préstamo por el mismo plazo y con un tipo de interés del 1,5%:

  • Su hijo reducirá la cuota mensual que paga por el préstamo de 1.012 a 898 euros. Supone un ahorro de 13.680 euros de intereses en diez años.
  • Usted, por su parte, percibirá 7.750 euros de intereses.
  • Por último, su hijo podrá seguir disfrutando de una deducción por las cuotas del préstamo satisfechas de 1.356 euros al año (que es el máximo que es posible deducir).

 

Formalice un préstamo con un familiar a un interés bajo (o sin intereses) y déjele el dinero para cancelar la hipoteca. Así, éste reducirá sus costes financieros y, si realizan la operación correctamente, además mantendrá la deducción por compra de vivienda.

Fuente: Lefebvre